Artículo publicado por Pablo Fernández Burgueño (@Pablofb)
Hacienda ha requerido información a un gran número de empresas españolas que aceptan bitcoins como medio de pago. El requerimiento parte de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF).
Hemos compartido nuestras declaraciones al respecto con El Confidencial para la publicación de la noticia Hacienda investiga a las empresas españolas que aceptan pagos con ‘bitcoins’. En este post, explicamos cómo es el requerimiento, quién lo envía y cómo puede ser una respuesta al mismo.
¿Qué organismo envía el requerimiento?
El requerimiento de información es enviado por la ONIF: Oficinal Nacional de Investigación del Fraude. Esta oficina está considerada una de las más rigurosas e inquisitivas de la Agencia Tributaria española. Los informes de esta sección de investigación del fraude llegan directamente a la fiscalía anticorrupción, que se encarga de iniciar procedimientos judiciales en caso de que se detecten delitos o movimientos ilícitos de dinero. Trabajan en la ONIF más de 200 inspectores altamente cualificados en la detección del blanqueo de capitales y fraudes. Este equipo cuenta con secciones especializadas en Bitcoin y otras criptomonedas.
¿Por qué se investiga?
Entre los muchos motivos que conocemos, destacan los dos siguientes:
- «Las monedas virtuales Bitcoin actúan como un medio de pago y por sus propias características deben entenderse incluidas dentro del concepto «otros efectos comerciales»«, según declaró oficialmente Hacienda en la respuesta vinculante V-1029-15. Este documento es ampliamente conocido debido a que fue en él en el que Hacienda confirma que la «transmisión [de bitcoins] debe quedar sujeta y exenta del Impuesto» (IVA o IGIC).
- El Bitcoin y las demás criptomonedas se está usando activamente como medio para ocultar dinero, blanquearlo, usarlo en actividades ilícitas con malware (como el Ransomeware CryptoLocker con pago en bitcoins) y hacer pagos a grupos terroristas, entre otros fines.
¿Qué empresas están siendo investigadas?
La ONIF investiga a todos los sujetos que usan criptomonedas. En este caso, conocemos que la investigación se ha centrado en empresas de la denominada Calle Bitcoin. Una de ellas es una de nuestras empresas, gracias a lo cual hemos podido ser parte del procedimiento y, en consecuencia, hemos podido analizar y, ahora, compartir los documentos recibidos y enviados.
¿Cómo es el requerimiento de información recibido?
Los sujetos investigados han recibido un requerimiento en PDF por medio de su DEH. Este documento contiene, principalmente, el texto siguiente:
Conforme a las facultades otorgadas a la Inspección de los Tributos por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y con los requisitos del artículo 93 y 94 de la citada Ley y su normativa reglamentaria de desarrollo, se requiere la siguiente Información con trascendencia tributaria, necesaria para el desarrollo de las actuaciones que tienen encomendadas los órganos de Inspección:
1.- Información sobre si en el ejercicio de su actividad acepta Bitcoin como medio de pago por los servicios prestados / bienes entregados
2.- En caso afirmativo, información sobre el volumen de operaciones cobradas con Bitcoin.
3.- Información y soporte documental de la contabilización de las operaciones con Bitcoin.
4.- Información los intercambios realizados de Bitcoin a euros y viceversa: casa de intercambio utilizada, momento del intercambio, en particular, información sobre si mantienen una cartera de Bitcoin o si se cambian automáticamente a euros en el momento de recibirlos.
¿Es posible tener acceso al requerimiento?
Por supuesto. Compartimos a continuación una copia anonimizada, para su descarga y visualización.

¿Es posible ver una respuesta al requerimiento?
Sí, ofrecemos la respuesta enviada por una de las empresas requeridas al requerimiento recibido, para su descarga y visualización.

Investigación, solicitudes a Hacienda y opiniones de juristas
Hemos realizado un análisis del contenido del requerimiento y lo hemos compartido con nuestros compañeros Alberto Gómez Toribio y Jorge Ordovás, socios de Pablo Fernández Burgueño en NevTrace, un laboratorio de investigación sobre la cadena de bloques que colabora activamente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra el crimen y los delitos telemáticos vinculados con el uso de criptomonedas.
En el escrito hemos compartido con Hacienda una solicitud que hemos hecho en el Congreso de los Diputados a grupos determinados, así como a la Policía Nacional y a la Guardia Civil:
Incluir una casilla en el modelo 036 que pueda ser marcada en caso de que el sujeto obligado desee cobrar en criptomonedas; y que se obligue a estos sujetos a mantener un libro contable con las direcciones de criptomonedas y los movimientos que con ellas realicen.
También hemos pedido opinión a nuestro compañero Alejandro Gómez de la Cruz, de Law & Bitcoin.
Las preguntas planteadas en el requerimiento de la Agencia Tributaria nos permiten extraer varias conclusiones.
La primera de ellas es que la AEAT ha demostrado (una vez más) su interés por la criptomoneda. La DGT ya se ha pronunciado en tres ocasiones, tales como la posibilidad de deducir pérdidas en Bitcoin o su fiscalidad a efectos del IVA. No obstante, en esta ocasión, en lugar de dar respuesta a consultas de un contribuyente ha optado por tomar la iniciativa y tratar de averiguar la operativa de las empresas que operan con Bitcoin, su contabilidad, soporte documental, etc.
Por otro lado, la calidad de las preguntas empleadas deja constancia de que la AEAT entiende perfectamente lo que es Bitcoin y cómo funciona: conoce lo que es un wallet o cómo funciona el intercambio de Bitcoin por dinero fiat, se interesa por el momento del cambio (cuestión de gran relevancia desde un punto de vista fiscal y contable), y ademas conoce la existencia de servicios como Bitpay que permiten a los comercios no tener que integrar bitcoin alguno en su balance a la hora de aceptar la criptomoneda como medio de pago.
Por último, creo que este requerimiento es de gran utilidad para saber qué es lo que espera Hacienda de un comercio que acepta Bitcoin, lo que nos permitirá planificar qué información habremos de recabar para poder atender a un requerimiento de este tipo. Es preciso recalcar la importancia de recabar toda la información posible que nos permita acreditar el origen y el destino de todas las transacciones realizadas. También es de vital importancia llevar una contabilidad adecuada (método contable, referencias de tipo de cambio utilizadas, etc.), tema que trataremos tanto Pablo (NevTrace) como nosotros (Law & Bitcoin) en futuros posts.
Este requerimiento muestra una vez más que la Administración Pública española es una de las que más esta trabajando por la normalización del bitcoin y su entrada legal en el comercio nacional.